28/10/2022

11:00h a 13:00 h

Sala María Moliner CCHS-CSIC

Pedro Guibovich

PUCP

El tema central de la charla es el funcionamiento de la censura de textos. Cuando se revisa la documentación inquisitorial del Tribunal de Lima, se observa que a unos periodos de intensa actividad censoria, seguían otros de escasa o nula actividad. Los ritmos de la actividad censoria eran diversos. La cuestión por resolver es por qué sucedía esto.

Por lo general, quienes han estudiado la censura inquisitorial en el contexto colonial, han puesto la atención en los agentes que la practicaron (calificadores), los instrumentos (índices y edictos) y las acciones (inspecciones de navíos, bibliotecas e imprentas); pero hay otras dos dimensiones esenciales para entender cómo operó la censura: la relación que tenían los tribunales de distrito (entre ellos el de Lima) con el Consejo de la Suprema, residente en Madrid, y las comunicaciones entre este último y los tribunales de distrito.

Contrariamente a lo que se cree, el Tribunal de Lima no tenía competencia para prohibir ningún texto impreso o manuscrito. Podía en la práctica ordenar la confiscación temporal de un texto, pero la última palabra en materia de prohibición la tenía el Consejo de la Suprema. Sucedió, a veces, que la respuesta del Consejo a una consulta del Tribunal de Lima nunca llegaba, con lo cual la confiscación temporal se volvía permanente. A ello se sumaba un hecho adicional: la actividad censoria de los tribunales de distrito, entre ellos el de Lima, se regía por las órdenes que emanaban del Consejo de la Suprema mediante las llamadas cartas acordadas o acuerdos en Consejo.

Cuidadosamente embaladas, las cartas acordadas eran enviadas a Lima. Una vez recibidas las cartas acordadas, generalmente en forma manuscrita, debían imprimirse en la forma de un edicto suscrito por los inquisidores locales, aun cuando ellos no eran los autores de las prohibiciones o restricciones impuestas sobre la lectura o posesión de tal o cual texto. Pero en el camino podía suceder que el ataque de algún corsario o pirata, el naufragio del barco, u otro accidente echara a perder la documentación, lo cual condenaba a la Inquisición peruana a la inactividad. La correspondencia de los inquisidores de Lima contiene abundante información acerca del malestar que causaba a estos últimos la carencia de disposiciones procedentes de Madrid.

Vídeo de la sesión

 

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